Interpretación
La Interpelacion.
De conformidad con nuestra Constitución, la interpelación es la citación a los ministros de Estado a concurrir al Congreso, para dar cuenta de su gestión o de un asunto determinado. Mediante la interpelación se interroga al gobierno, a través de los ministros de Estado, sobre alguna cuestión que suscite el interés del Congreso en general, la interpelación se reserva para los temas más importantes.
La interpelación podrá derivar en el planteamiento de un voto de falta de confianza por parte de, al menos, cuatro diputados. Esta censura deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de los diputados, es decir con el voto favorable de, por lo menos 80 congresistas.
Si se emitiere el voto de falta de confianza el respectivo ministro quedará separado del cargo, salvo que el Presidente de la República se oponga. Bajo este supuesto el ministro interpelado podrá recurrir al Congreso y este deberá ratificar la censura con el voto favorable de las dos terceras partes de los diputados, o sea con el voto favorable de 105 congresistas, para que el respectivo ministro quede separado del cargo.
Cuando una persona asume el cargo de ministro de Estado sabe que es susceptible de ser interpelado por los diputados, por lo que acudir al Congreso para ser interrogado forma parte inherente de su función ministerial.
Por tanto, no debería ser una sorpresa para un ministro el que se le cite para ser interpelado. Por el contrario, debería aceptar la interpelación como algo común y corriente.
Historia.
En el pasado, ha habido ministros que han preferido renunciar al cargo ministerial antes de someterse a interpelación en el Congreso. Recordamos los casos de Romeo Rodríguez, Ministro de Energía y Minas durante el régimen de Álvaro Colom (2008-12), y de Álvaro Arzú, Ministro de Relaciones Exteriores durante el gobierno presidido por Jorge Serrano (1991-3).
En 2012, el exministro de Finanzas, Pavel Centeno, renunció pero no renunció para no ser interpelado en el Congreso, lo que provocó una agria confrontación entre el oficialismo y la oposición política.
En 2017, dos interpelaciones de ministros han quedado frustradas, la de la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social y la del Ministro de Economía. Veremos si los diputados promueven otras interpelaciones, que no debería ser visto por la opinión pública como un problema, sino como parte de un sano ejercicio parlamentario, al igual que las citaciones o invitaciones de funcionarios y empleados públicos a las comisiones y bloques legislativos.
Peor sería que volviéramos a las épocas de regímenes autoritarios en que las interpelaciones de ministros estaban totalmente restringidas.
La interpelación es el acto de interrogar a un miembro del Consejo de Ministros o Gabinete por parte de los miembros del poder legislativo. Asambleas o Congresos de cada país o región acerca de un tema específico, con el fin de eventualmente hacer valer su responsabilidad política en un tema determinado.
Proceso de Interpelación en Guatemala:
Este aparece como una figura jurídica, consistente en el control que ejerce el parlamento sobre los actos de los funcionarios públicos, a través de la invitación citación o de la interpelación de ministros. Este sistema se encuentra contemplado dentro de los países que adoptan el sistema parlamentario, controla los actos y las políticas administrativas de ministro o presidente del consejo de ministros y los ministros de estado. La interpelación es una figura típica del sistema parlamentario, donde este se encarga de nombrar al primer ministro y ministros de estado.
En Guatemala los ministros de estado son órganos de competencia administrativa y eso lo convierte en un. Régimen Semi-presidencialista, y Semi-parlamentario. Esta figura jurídico política la encontramos regulada en el artículo 166 de la Constitución política de la república de Guatemala. En cuanto a la interpelación de Ministros.
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