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Interpretación

La Interpelacion. De conformidad con nuestra Constitución, la interpelación es la citación a los ministros de Estado a concurrir al Congreso, para dar cuenta de su gestión o de un asunto determinado. Mediante la interpelación se interroga al gobierno, a través de los ministros de Estado, sobre alguna cuestión que suscite el interés del Congreso en general, la interpelación se reserva para los temas más importantes. La interpelación podrá derivar en el planteamiento de un voto de falta de confianza por parte de, al menos, cuatro diputados. Esta censura deberá ser aprobada por la mayoría absoluta de los diputados, es decir con el voto favorable de, por lo menos 80 congresistas. Si se emitiere el voto de falta de confianza el respectivo ministro quedará separado del cargo, salvo que el Presidente de la República se oponga. Bajo este supuesto el ministro interpelado podrá recurrir al Congreso y este deberá ratificar la censura con el voto favorable de las dos terceras partes de los diputad...